La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) modificaciones cruciales a las disposiciones que rigen el régimen de inversión de las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (Siefores), los vehículos a través de los cuales las Afores invierten el ahorro de los trabajadores.
Estas modificaciones tienen un triple objetivo: apoyar el financiamiento empresarial, maximizar las tasas de reemplazo y fortalecer el marco regulatorio.
1. Apoyo a Empresas Mexicanas (Emisiones Simplificadas)
Con el fin de fomentar el acceso al mercado de capitales para las empresas mexicanas, se establecieron directrices para los vehículos de inversión cuyos subyacentes estén conformados por:
- Emisiones Simplificadas: Una figura que surgió de la reforma a la Ley del Mercado de Valores (LMV) que establece menos requisitos y costos accesibles para las empresas.
- Marco de Riesgos: Las directrices serán establecidas por el Comité de Análisis de Riesgos y las disposiciones de la SHCP, bajo un marco de gestión prudencial.
2. Maximización de la Tasa de Reemplazo
Para asegurar una adecuada inversión durante las fases de acumulación y desacumulación de los recursos de los trabajadores, se realizaron ajustes clave:
- Activos en Divisas: Se ajustan los límites de los activos objeto de inversión denominados en divisas, con el objetivo central de maximizar la tasa de reemplazo (el porcentaje del último salario que recibirá el trabajador como pensión).
3. Claridad Normativa y Nuevas Oportunidades
Se busca fortalecer el marco regulatorio con definiciones precisas y la apertura de nuevos instrumentos de inversión:
- Inversión en Fibras: Se permite que la Siefore Básica de Pensiones pueda tener participación en Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces (Fibras).
- Seguimiento a Estructurados: Se precisan las obligaciones respecto al seguimiento de las inversiones en instrumentos estructurados.
- Valores Extranjeros de Deuda: Se clarifica que serán aquellos que representen derechos de crédito o flujos de efectivo, con un porcentaje mayor al 20% de fuentes externas al territorio nacional. Se excluyen los instrumentos de deuda con aval explícito del gobierno federal mexicano.
Cláusulas de Resarcimiento y Límites de Emisión
La SHCP también reforzó las reglas sobre responsabilidad:
- Resarcimiento: Si las sociedades de inversión (Afores) incumplen el régimen de inversión por causas imputables a ellas o a sus mandatarios, y esto causa una minusvalía o pérdida en el activo total, deberán resarcir dicha minusvalía.
- Límite por Emisión: La inversión en diversos instrumentos (deuda, Fibras, valores extranjeros, etc.) pertenecientes a una misma emisión podrá ser de hasta el 35% del valor total de esa emisión, en conjunto con lo invertido por las demás Siefores.

















