TEPJF frena creación de nuevos partidos al validar reglas contra dobles afiliaciones

La Sala Superior del TEPJF confirmó el criterio del INE que nulifica las asambleas de organizaciones que buscan registrarse como partidos políticos si se detectan dobles afiliaciones que afecten el quórum. La decisión impacta severamente a grupos como "Personas Sumando en 2025".

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la constitucionalidad de las normas del Instituto Nacional Electoral (INE) para el registro de nuevos partidos. Con esta resolución, se confirma la pérdida de validez de decenas de asambleas debido a irregularidades en el padrón de afiliados, específicamente por ciudadanos inscritos en más de una organización.

Impacto en las organizaciones aspirantes

La decisión de los magistrados deja a varias organizaciones en una posición vulnerable de cara al veredicto final que el INE emitirá a finales de mayo de 2026:

  • Personas Sumando en 2025: Perdió la validez de 41 asambleas, quedando con 205 válidas, apenas cinco por encima del mínimo legal (200).

  • Que siga la Democracia: Registra 215 asambleas avaladas.

  • México tiene Vida: Cuenta con 233 asambleas.

  • Construyendo Sociedades de Paz: Lidera la lista con 280 asambleas válidas.

Organización Asambleas Válidas Perfil / Origen
Construyendo Sociedades de Paz 280 Grupos evangélicos y ex Encuentro Social.
México tiene Vida 233 Grupos conservadores de Nuevo León.
Que siga la Democracia 215 Ex integrantes de Morena.
Personas Sumando en 2025 205 Ex funcionarios del INE.

El debate en la Sala Superior

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón propuso un proyecto para declarar inconstitucional la nulidad de las asambleas, argumentando que el quórum ya había sido avalado por certificadores del INE en sitio. Sin embargo, sus cinco colegas votaron en contra, señalando que:

  1. El aval inicial de los enviados del INE es carácter preliminar.

  2. La validez definitiva depende de los cruces de información posteriores.

  3. Permitir las asambleas con dobles afiliaciones incentivaría prácticas fraudulentas en el pluralismo político.

Resolución sobre spot de Morena (Caso Salinas Pliego)

En la misma sesión, el TEPJF dio un revés al empresario Ricardo Salinas Pliego:

  • Fallo: Se determinó que un juez civil no tiene facultades para ordenar al INE el retiro de propaganda electoral (spot “Por el bien” de Morena).

  • Calumnia: Los magistrados concluyeron que no hay calumnia directa ya que no se menciona específicamente a su televisora, aunque ordenaron al INE admitir la queja por posible uso indebido de la pauta para un análisis más profundo.

Esta cadena de resoluciones marca un precedente estricto sobre la fiscalización de los apoyos ciudadanos y la autonomía de las autoridades electorales frente a determinaciones de jueces civiles.