La organización no gubernamental Propuesta Cívica emitió una severa advertencia sobre la nueva Ley General de Extorsión, publicada el 28 de noviembre, al considerar que su redacción representa una grave amenaza a la libertad de expresión y el derecho a la protesta en México.
La Ley, que establece penas de hasta 25 años de cárcel por este delito de alto impacto (el cual presenta un crecimiento del 23.1% y afecta a estados clave como Estado de México, CDMX, Jalisco y Michoacán), es vista por la ONG como una herramienta potencial de represión.
El Riesgo en la Definición del Delito
Según el “exhaustivo análisis jurídico” de Propuesta Cívica, el riesgo se concentra en la definición de extorsión redactada en el Artículo 15 de la ley, la cual es calificada como “ambigua”.
La ley clasifica como extorsión cualquier conducta que obligue a otra persona a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo para obtener un beneficio propio o para un tercero.
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Riesgo de Interpretación Abusiva: Con tal redacción, la ONG advierte que “se abre la puerta” para que acciones legítimas, como la “liberación de personas detenidas arbitrariamente” o la emisión de “discursos dentro del debate político”, sean encuadradas abusivamente en este tipo penal, castigadas con penas de 15 a 25 años.
“La ambigüedad en la descripción del delito en sí mismo y sus agravantes constituye una afrenta directa a la libertad de expresión en su sentido más amplio, permitiendo que se inicien investigaciones penales que tendrán un efecto inhibidor para la protesta,” destacó la organización.
Agravantes Desproporcionados y el Factor Digital
Propuesta Cívica también señaló que los agravantes contemplados en los artículos 16, 17 y 18 permiten aumentar las penas de manera desproporcionada.
La ONG puso como ejemplo una situación extrema: si una persona defensora de derechos humanos exige, durante una protesta transmitida, esclarecimiento sobre el paradero de un familiar desaparecido, la pena podría elevarse hasta 25 o 45 años.
Además, se alertó, en concordancia con otras organizaciones como Artículo 19, sobre la Fracción V del Artículo 17, que permite aumentar la pena (de 5 a 15 años adicionales) por extorsiones realizadas a través de cualquier dispositivo, medio o plataforma de emisión o transmisión de información.
Esto podría tener un “efecto silenciador” sobre el ejercicio de la libertad de expresión en el entorno digital.

















