SCJN aplaza resolución de amparos contra recorte a “pensiones doradas” del Issste

La Suprema Corte de Justicia de la Nación suspende temporalmente las sentencias sobre pensiones que exceden el límite legal del Issste hasta fijar un criterio.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un acuerdo general para aplazar la resolución de los juicios de amparo que se encuentran en trámite ante Tribunales Colegiados de Circuito. Esta medida afecta específicamente a los casos relacionados con el procedimiento para verificar, modificar o revocar las llamadas “pensiones doradas” que rebasen el límite permitido por la Ley del Issste.

Suspensión de resoluciones y alcance legal

El Acuerdo General 3/2026, aprobado el pasado 6 de abril, establece que los tribunales deben continuar con el trámite de los juicios hasta el estado de resolución, pero detener el dictado de la sentencia definitiva. Los puntos clave del acuerdo son:

  • Unificación de criterios: El objetivo es esperar a que el Pleno de la SCJN establezca los criterios obligatorios para evitar sentencias contradictorias entre los distintos tribunales del país.

  • Fundamento legal: Se sustenta en la Ley Reglamentaria del Artículo 105 constitucional, que faculta a la Corte para aplazar resoluciones mediante acuerdos generales.

  • Vigencia: El acuerdo entra en vigor de manera inmediata tras su publicación oficial, afectando a todos los juicios radicados actualmente.

Casos bajo revisión en la Corte

Actualmente, el máximo tribunal tiene bajo su análisis una serie de expedientes que definirán la constitucionalidad del procedimiento de recorte aplicado por la Dirección General del Issste:

  1. Amparos en revisión: Se encuentran pendientes los expedientes del 599/2025 al 604/2025, así como del 141/2026 al 144/2026.

  2. Juicios indirectos: La Dirección General de Estadística Judicial reportó la existencia de al menos 12 juicios de amparo indirecto en Juzgados de Distrito que versan sobre la misma materia.

  3. Temática central: El análisis constitucional se centra en la facultad del Issste para modificar pensiones ya otorgadas que superan los topes máximos establecidos en su propia ley.

Tipo de Recurso Cantidad reportada Estatus
Amparos en revisión (SCJN) 10 expedientes Pendientes de resolución por el Pleno.
Amparos indirectos (Juzgados) 12 juicios Trámite continuado sin sentencia.
Reasunciones de competencia 2 casos Origen de la atracción de la Corte.

Esta determinación del Poder Judicial de la Federación busca dar certeza jurídica sobre los límites a las pensiones de alto monto, garantizando que la interpretación de la ley sea homogénea en todo el territorio nacional antes de que se emitan fallos definitivos en favor o en contra de los beneficiarios.